INTRODUCCION:
A los pocos días, los mismos periodistas, que poco entienden de impuestos, inclusive los que se dicen "especializados", comenzaron a recoger opiniones y la cuestión, en principio tan positiva, empezó a diluirse en una carretada de opiniones en sentidos mutuamente opuestos.
EL PROCESO :
El flamante presidente electo simplemente presentó un proyecto de ley. Para que logre convertirse en una, primero necesitará su aprobación en el Congreso Nacional donde asistiremos a una novela interpretada por representantes del pueblo que, se rasgarán las vestiduras a favor o en contra buscando cámara cuando, probablemente, alguno tenga dinero invertido en el exterior y tal vez sin declarar.
Luego pasará a la cámara de Senadares con igual perorata donde, si es aprobado, volverá al poder ejecutivo para su promulgación. (publicación en el boletín oficial para no complicar al lector con más tecnicismos)
Finalmente faltará la reglamentación del poder ejecutivo, donde completarán lo que se olvidaron de escribir y finalmente la A.F.I.P. será la encargada de explicar mediante resolución general como se pondrá en práctica. (aquí confío en que el equipo técnico que dirige el Dr. Abad harán un buen trabajo)
PALABRAS FINALES:
La norma afecta varios temas específicos, desde lo que se menciona en el título de este comentario hasta cuestiones de derogaciones o modificaciones de impuestos e inclusive atañe a los jubilados.
A la fecha está compuesta con 94 artículos distribuidos en dos libros, el primero de seis títulos y el segundo de siete títulos y dos anexos.
Tendrá consecuencias económicas importantes desde varios aspectos para las arcas del estado y para los bolsillos de los contribuyentes.
Aquellas personas que deseen agenciarse del tema de manera sistemática, una editorial especializada lo está comercializando a valor de costo.
Dejo el link por si a alguien le interesa.
Gracias como siempre por los comentarios.
DR. GUSTAVO MANUEL MARANTE
CONTADOR PUBLICO NACIONAL (UBA)
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