
Con fecha de hoy se ha publicado el decreto 1224/2007 del Poder Ejecutivo Nacional, el cual se encarga de poner fin a una polémica, - sin sustento jurídico alguno para la mayoría de la doctrina opinante- , referente a la vigencia o no de la llamada "doble indemnización".
En efecto, a partir de los ocho días de esta publicación, salvo que algún iluminado interponga alguna acción judicial, la indemnización agravada por despido sin causa dejará de existir, o mejor dicho "no cabría ninguna duda respecto que ya ha dejado de existir".
El texto del decreto en su parte dispositiva simplemente dice lo siguiente:
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Art. 1 - Declárase cumplida la condición prevista por el primer párrafo del artículo 4 de la ley 25972. (*)
Art. 2 - De forma.
(*) Se transcribe el primer párrafo del citado artículo: